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Artículo 152 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 152 dice que el Presidente o Presidenta del Congreso puede hacer tres tipos de peticiones durante una sesión: pedir que se respete el orden, que se hable solo del tema en discusión, o dar una explicación a todos los diputados. Esto lo puede hacer por iniciativa propia o si algún diputado se lo pide. Es como cuando en una junta el moderador pide que vuelvan al tema si alguien se desvía.

Texto oficial

Artículo 152. Las mociones de orden, de apego al tema y de ilustración al Pleno las puede formular la o el Presidente a solicitud de una o un Diputado o por determinación propia. CAPÍTULO IV De las Comparecencias ante el Pleno

Ver ley oficial en el DOF (pág. 47) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.