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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_14556/164
Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
164

Artículo 164 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres una persona o una empresa mexicana, puedes pedir algo al Congreso. Solo tienes que escribir una carta dirigida al Comité de Atención, Orientación y Quejas Ciudadanas. No necesitas abogados ni trámites complicados. Este comité es el que recibe tus quejas o sugerencias. Es una forma directa de que los ciudadanos se comuniquen con los legisladores.

Texto oficial

Artículo 164. Las personas físicas o morales de nacionalidad mexicana podrán presentar peticiones al Congreso, a través de escrito dirigido directamente al Comité de Atención, Orientación y Quejas Ciudadanas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 50) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.