Artículo 163 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno (como el Ejecutivo, las alcaldías o cualquier dependencia) le responde algo a la Mesa Directiva del Congreso, esa respuesta se hace pública: se anuncia a todos los diputados, se publica en la Gaceta Parlamentaria y en la página de internet del Congreso. Después, el presidente de la Mesa Directiva le manda esa respuesta a la comisión o comisiones que tengan que ver con el tema, para que las analicen y, si hace falta, citen a los funcionarios públicos a dar explicaciones. Todo esto lo tienen que hacer en un plazo de 30 días hábiles, y deben avisarle a la Junta y a la Mesa Directiva para que todos los diputados estén enterados. Finalmente, la Presidencia de la Mesa Directiva le comunica al gobierno las conclusiones a las que llegaron, o les dice qué funcionario debe ir a dar explicaciones al Pleno o a las comisiones para que le den seguimiento al asunto.
Texto oficial
Artículo 163. Las respuestas que el Poder Ejecutivo, alcaldías, órganos, dependencias y entidades, envíen a la Mesa Directiva se harán del conocimiento del Pleno, se publicarán en la Gaceta Parlamentaria y en la página de Internet del Congreso. La Presidencia de la Mesa Directiva turnará a la Comisión o Comisiones relacionadas con la materia, las respuestas para que en un plazo de treinta días hábiles realice el análisis, valoración y, en su caso, cite a comparecer a las personas servidoras públicas, por lo que se deberá enviar a la Junta para su conocimiento y a la Mesa Directiva para que dé cuenta al Pleno. La Presidencia de la Mesa Directiva enviará al Poder Ejecutivo, alcaldías, órganos, dependencias y entidades, las conclusiones o en su caso informará de la persona servidora pública que deberá comparecer al Pleno o Comisiones para su atención y seguimiento. CAPÍTULO VI De las Peticiones
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.