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Artículo 169 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se vota en el Congreso, normalmente se usa la mayoría simple, o sea que gana la opción que tenga más votos, aunque sea por uno. Pero hay casos especiales donde la ley o el reglamento piden otro tipo de votación, como una mayoría calificada. Después de cada votación, la Secretaría le dice el resultado al Presidente del Congreso, y él lo anuncia a todos los presentes para seguir con el trámite que sigue. Todo esto aplica para la votación nominal, que es cuando cada persona vota y se registra su nombre.

Texto oficial

Artículo 169. Por regla general, las votaciones se verifican por mayoría simple de votos, salvo los casos en que la Constitución Local, la ley, el presente reglamento u otras disposiciones aplicables en el Congreso establezcan una votación diferente. La Secretaría, al momento de cada votación comunicará el resultado a la o el Presidente, quien hará el anuncio al Pleno y, continuará el trámite que corresponda. Sección Segunda Votación Nominal

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.