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Artículo 172 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no funciona el sistema electrónico para votar, los diputados van a votar uno por uno, empezando por los que están sentados a la derecha del presidente. Cada quien dirá su nombre completo y si está a favor, en contra o se abstiene. Dos secretarios de la Mesa Directiva van a anotar quiénes votaron a favor y quiénes en contra o se abstuvieron. Después, un secretario preguntará dos veces si falta alguien por votar; si todos ya votaron, los secretarios cuentan los votos y anuncian los resultados desde la Tribuna. Por último, el presidente del Congreso informa el resultado final al Pleno y da las instrucciones para seguir con lo que sigue.

Texto oficial

Artículo 172. En caso de que no sea posible contar con el sistema electrónico, la votación nominal en el Pleno se hará de la siguiente manera: I. Cada integrante del Congreso, comenzando por el lado derecho de la o el Presidente, dirá en voz alta su nombre y apellido, añadiendo la expresión en pro o en contra o abstención; II. Una o un Secretario de la Mesa Directiva será responsable del registro de las y los Diputados que aprueben, y otro de las y los que rechacen o manifiesten su abstención; III. Concluido este acto, uno de las o los mismos Secretarios de la Mesa Directiva preguntará dos veces en voz alta si falta alguna o algún Diputado de votar y no faltando, se procederá a tomar la votación de las y los integrantes de la Mesa Directiva; IV. Las y los Secretarios harán enseguida el cómputo de los votos y darán a conocer desde la Tribuna el número de las y los Diputados que hayan votado a favor, en contra o se hayan abstenido de votar, y V. Al término de la votación, la o el Presidente anunciará el resultado al Pleno, ordenará el trámite correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.