Artículo 171 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando los diputados tienen que votar, usan un sistema electrónico desde su lugar o desde la mesa directiva. Si alguien no puede usar el sistema, pide al Secretario decir su voto en voz alta, con su nombre y si está a favor, en contra o se abstiene. Al final, la Secretaría anuncia el resultado.
Texto oficial
Artículo 171. La votación nominal a través del sistema electrónico de votación bajo el siguiente procedimiento: I. Cada una de las y los diputados procederá a emitir su voto de manera electrónica desde el dispositivo instalado en su curul o en la mesa directiva para aquellas o aquellos Diputados que la integren; II. En el caso de que alguna o algún Diputado no pueda votar a través del sistema electrónico, solicitará a la o el Secretario expresar su voto en voz alta, diciendo su nombre y apellido, añadiendo la expresión en pro en contra o abstención, y III. Una vez concluido el cómputo, la Secretaría procederá a dar el resultado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.