Artículo 178 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando en el Congreso se vota un asunto que no requiere que se diga el nombre de cada diputado, se usa lo que se llama "votación económica". En lugar de pasar lista, el presidente del Congreso pide que los diputados que estén a favor se pongan de pie o levanten la mano, y después pide lo mismo a los que estén en contra. Al final, el secretario le dice al presidente cuántos votaron a favor y cuántos en contra, y el presidente anuncia el resultado para que se le dé el trámite que toque. Es una forma rápida y sencilla de decidir sin tener que contar uno por uno.
Texto oficial
Artículo 178. Los asuntos y resoluciones del Congreso que no requieran votación nominal, se obtendrán mediante votación económica. La votación económica se realizará de la siguiente manera: I. Por instrucciones de la o el Presidente, la Secretaría consultará al Pleno si es de aprobarse algún asunto, pidiendo a las y los Diputados que estén por la afirmativa, expresen su parecer poniéndose de pie o levantando la mano; II. Enseguida, la Secretaría pedirá a las y los Diputados que estén por la negativa, que expresen su parecer poniéndose de pie o levantando la mano, y III. Terminada la votación, la Secretaría comunicará el resultado a la o el Presidente, quien hará el anuncio al Pleno y dará el trámite que corresponda.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.