Artículo 179 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cualquier diputado o diputada puede pedir que se repita una votación rápida (votación económica) si cree que hubo un error. El presidente debe ordenar que la secretaría haga la votación de nuevo una sola vez y de inmediato diga el resultado. Si un diputado o diputada se queja más de dos veces del resultado, el presidente ordena que se haga una votación nominal, donde cada quién dice su voto en voz alta. Esto es para asegurarse de que todo quede claro y no haya dudas.
Texto oficial
Artículo 179. Cualquiera de las y los Diputados podrá solicitar la rectificación de una votación económica pidiendo a la o el Presidente que ordene a la Secretaría de la Mesa Directiva realice de nueva cuenta la votación en una sola ocasión, dando a conocer de inmediato el resultado de la misma. Cuando alguna o algún Diputado objetare por más de dos ocasiones el resultado de la votación económica, la o el Presidente ordenará a la Secretaría de la Mesa Directiva que la efectúe de manera nominal. Sección Cuarta Votación por Cédula
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.