- Ley
- REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 182
Artículo 182 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Presidente o la Presidenta no puede tomar decisiones por su cuenta; siempre tiene que hacer lo que decida la mayoría del Pleno, que es el grupo de todas las personas que forman parte de la asamblea. Esto significa que su opinión no vale más que la de los demás, y cuando se vote algo, él o ella debe seguir ese resultado. Es como si el Pleno fuera el jefe y el Presidente tuviera que obedecer lo que ahí se acuerde. En pocas palabras, el Presidente no manda solo, sino que está sujeto a lo que diga la mayoría.
Texto oficial
Artículo 182. La o el Presidente, en sus resoluciones, estará subordinado al voto del Pleno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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