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Artículo 182 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Presidente o la Presidenta no puede tomar decisiones por su cuenta; siempre tiene que hacer lo que decida la mayoría del Pleno, que es el grupo de todas las personas que forman parte de la asamblea. Esto significa que su opinión no vale más que la de los demás, y cuando se vote algo, él o ella debe seguir ese resultado. Es como si el Pleno fuera el jefe y el Presidente tuviera que obedecer lo que ahí se acuerde. En pocas palabras, el Presidente no manda solo, sino que está sujeto a lo que diga la mayoría.

Texto oficial

Artículo 182. La o el Presidente, en sus resoluciones, estará subordinado al voto del Pleno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.