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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_14556/184
Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
184

Artículo 184 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se refiere a cuando los diputados votan usando computadoras o un sistema digital. Solo tendrán cinco minutos como máximo para registrar su voto. Si no lo hacen en ese tiempo, ya no podrán votar por ese sistema.

Texto oficial

Artículo 184. Cuando las votaciones se efectúen a través del sistema electrónico se dará un tiempo máximo de cinco minutos a las y los Diputados para emitir su voto.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 54) ↗

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