Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 203 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pasa algo que no esté contemplado en este capítulo, la Conferencia decide la solución sin que nadie pueda impugnarla. Es decir, su decisión es definitiva y no se puede apelar. La Conferencia es el grupo de personas encargadas de tomar acuerdos en esta materia.

Texto oficial

Artículo 203. Lo no previsto en el presente capítulo será resuelto de manera inapelable por la Conferencia. Sección Sexta De la Publicidad, Difusión y Acceso a la Información de las Comisiones y Comités

Ver ley oficial en el DOF (pág. 58) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.