Artículo 203 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si pasa algo que no esté contemplado en este capítulo, la Conferencia decide la solución sin que nadie pueda impugnarla. Es decir, su decisión es definitiva y no se puede apelar. La Conferencia es el grupo de personas encargadas de tomar acuerdos en esta materia.
Texto oficial
Artículo 203. Lo no previsto en el presente capítulo será resuelto de manera inapelable por la Conferencia. Sección Sexta De la Publicidad, Difusión y Acceso a la Información de las Comisiones y Comités
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