Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_14556/237
- Ley
- REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 237
Artículo 237 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Las juntas de trabajo de la Comisión tienen que ser abiertas a todo el público. Cualquier persona puede asistir y ver lo que se discute y decide ahí. No pueden hacer sesiones a escondidas o a puerta cerrada. Esto es para que todos sepamos cómo se toman las decisiones que nos afectan.
Texto oficial
Artículo 237.Las reuniones de trabajo de la Comisión deberán ser públicas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.