Artículo 241 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las reuniones urgentes son juntas que se hacen de repente, sin avisar, porque de plano se necesita tratar un asunto que no puede esperar. Por ejemplo, si surge un problema que debe resolverse de inmediato en el trabajo, se arma la reunión al instante. Esto aplica solo cuando el asunto es tan importante que no hay tiempo para programarla con anticipación. En corto, son juntas exprés para emergencias.
Texto oficial
Artículo 241. Serán reuniones urgentes la que se realicen fuera de las programadas previamente, por un asunto que se considere de inminente realización en el despacho de algún asunto que así lo requiera.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.