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Artículo 240 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las reuniones extraordinarias son las que se hacen fuera de las que ya estaban planeadas en el calendario del año de cada comisión. O sea, si un grupo de trabajo ya tiene juntas programadas para todo el año, cualquier junta que se añada después se considera extraordinaria. Esto aplica cuando hay algo urgente o especial que tratar y no puede esperar a la siguiente reunión normal.

Texto oficial

Artículo 240. Serán reuniones extraordinarias las que se realicen fuera de las programadas previamente, conforme al calendario básico anual de cada comisión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 73) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.