Artículo 240 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las reuniones extraordinarias son las que se hacen fuera de las que ya estaban planeadas en el calendario del año de cada comisión. O sea, si un grupo de trabajo ya tiene juntas programadas para todo el año, cualquier junta que se añada después se considera extraordinaria. Esto aplica cuando hay algo urgente o especial que tratar y no puede esperar a la siguiente reunión normal.
Texto oficial
Artículo 240. Serán reuniones extraordinarias las que se realicen fuera de las programadas previamente, conforme al calendario básico anual de cada comisión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.