Artículo 243 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cualquier diputado o diputada puede ir a las juntas de las comisiones aunque no sea miembro de ellas, y puede dar su opinión sobre el tema que se esté viendo. Pero ojo: solo puede hablar, no votar. Los presidentes de esas comisiones también pueden invitar a diputados que no pertenezcan a la comisión para que asistan a las sesiones y ayuden a tratar algún asunto específico.
Texto oficial
Artículo 243. Las y los Diputados podrán asistir con voz, pero sin voto, a las reuniones de las Comisiones, aun cuando no formen parte de éstas, y exponer libremente en ellas su parecer sobre el asunto en estudio, de acuerdo con la normatividad relativa a las Comisiones. Las y los Presidentes de las Comisiones o Comités podrán invitar a las reuniones de trabajo a las y los Diputados, que estimen conveniente para el desahogo de un asunto determinado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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