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Artículo 243 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cualquier diputado o diputada puede ir a las juntas de las comisiones aunque no sea miembro de ellas, y puede dar su opinión sobre el tema que se esté viendo. Pero ojo: solo puede hablar, no votar. Los presidentes de esas comisiones también pueden invitar a diputados que no pertenezcan a la comisión para que asistan a las sesiones y ayuden a tratar algún asunto específico.

Texto oficial

Artículo 243. Las y los Diputados podrán asistir con voz, pero sin voto, a las reuniones de las Comisiones, aun cuando no formen parte de éstas, y exponer libremente en ellas su parecer sobre el asunto en estudio, de acuerdo con la normatividad relativa a las Comisiones. Las y los Presidentes de las Comisiones o Comités podrán invitar a las reuniones de trabajo a las y los Diputados, que estimen conveniente para el desahogo de un asunto determinado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 73) ↗

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