- Ley
- REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 25
Artículo 25 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres diputado o diputada sin partido, o eres el único de tu partido en el Congreso, no puedes ser presidente de ninguna Comisión o Comité. Esto aplica aunque seas el único representante de tu partido. La regla te impide encabezar esos grupos de trabajo.
Texto oficial
Artículo 25. Las y los Diputados sin partido y las y los que sean la única representación del partido que los postuló, no podrán presidir alguna Comisión o Comité.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.