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Artículo 26 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Congreso tiene que darle a cada grupo de diputados (Grupo Parlamentario) espacios, materiales, personal y dinero suficiente para que puedan hacer bien su chamba. Todo esto se paga con el presupuesto del Congreso, y la cantidad depende de cuántos diputados tenga cada grupo. Para que esto funcione, la Oficialía Mayor (el área encargada de los recursos del Congreso) debe entregarles a los grupos un inventario de todos los muebles y oficinas disponibles. Ese documento se tiene que dar por escrito a la persona que maneja las finanzas de cada grupo, a más tardar un mes después de que empiece el primer periodo de sesiones del primer año de la legislatura.

Texto oficial

Artículo 26. Atendiendo al número de integrantes de cada Grupo Parlamentario, el Congreso, con cargo a su presupuesto, pondrá a disposición de éstos, espacios físicos dentro de sus inmuebles, recursos materiales, recursos humanos y recursos económicos los cuales deberán ser suficientes para el buen funcionamiento de cada Grupo Parlamentario y en su caso, el desempeño de las funciones legislativas de cada Diputada o Diputado. Para el buen funcionamiento de lo mandatado en el párrafo anterior, la Oficialía Mayor a través de la Dirección de Servicios Materiales del Congreso deberá dar a conocer a los Grupos Parlamentarios, el inventario de muebles e inmuebles con que cuenta en un plazo no mayor a un mes contados a partir de la apertura del primer periodo de sesiones ordinarias del primer año de cada legislatura, mediante escrito dirigido a la persona responsable de la función administrativa y financiera de cada Grupo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.