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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_14556/287
Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
287

Artículo 287 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Comisiones (grupos de diputados que revisan temas específicos) pueden pedir información a los servidores públicos (como secretarios o funcionarios del gobierno) usando una pregunta parlamentaria por escrito. Esto es como cuando mandas un correo formal con dudas sobre su trabajo. Las personas que reciben la pregunta tienen que responder por ley. Es una herramienta para que los legisladores vigilen cómo se hace el gobierno.

Texto oficial

Artículo 287. Las Comisiones podrán solicitar información a las personas servidoras públicas, mediante pregunta parlamentaria por escrito.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 84) ↗

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