Artículo 298 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité de Administración es un grupo encargado de manejar los asuntos internos del Congreso. Entre sus funciones está aprobar los planes anuales de trabajo y revisar cada mes cómo se está gastando el presupuesto del Congreso. También debe asegurarse de que todos los acuerdos y contratos se hagan de manera clara y justa, y poner reglas para apoyar a los diputados y grupos de trabajo. Además, tiene que elaborar manuales, fijar metas para las oficinas del Congreso y proponer al Pleno (la reunión de todos los diputados) nuevas formas de mejorar la administración. Al final del año, debe rendir un informe público de todo lo que hizo.
Texto oficial
Artículo 298. Corresponde al Comité de Administración: Aprobar el Programa Operativo Anual y el programa para el ejercicio del propuesta de la Tesorería; Conocer y analizar el informe mensual que rinda el Tesorero sobre el ejercicio presupuestal del Congreso; I. Cumplimentar los acuerdos que emita la Junta en materia de planeación, organización, dirección y control de las actividades de las unidades administrativas; II. Elaborar, en los términos del artículo 51 del presente reglamento, el Programa Operativo Anual y con base en éste, el anteproyecto del Presupuesto de Egresos del Congreso; III. Elaborar los criterios a que se sujetarán los contratos y convenios que se celebren con terceros en las materias de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y prestaciones de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles. Dichos criterios señalarán los contratos y convenios que por su monto deberán ser aprobados por el propio Comité; IV. Elaborar y difundir los criterios para otorgar el apoyo a los Grupos Parlamentarios, a las Comisiones y a los Comités, así como a las y los Diputados Independientes; V. Elaborar y publicar las convocatorias al concurso de oposición para las y los titulares de las unidades administrativas, de acuerdo con lo que establece el Reglamento del Concurso de Oposición para las y los Titulares de las unidades administrativas del Congreso; VI. Expedir los manuales de organización y procedimientos de las unidades administrativas; VII. Fijar los objetos, metas y políticas que deban cumplir las unidades administrativas, así como evaluar las actividades de las mismas; VIII. Formular las condiciones generales de trabajo de las y los servidores públicos del Congreso; IX. Fungir como instancia de gestión, apoyo y consulta de las y los Diputados, Grupos Parlamentarios, Comisiones y Comités, para sus requerimientos de recursos humanos, financieros, materiales y de servicios; X. Proponer a la Junta la creación de órganos de apoyo administrativo que coadyuven al desempeño de la administración del Congreso, y XI. Rendir anualmente al Pleno un informe de las actividades desarrolladas.
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