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Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
344

Artículo 344 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para hacer la invitación a una consulta pública, la Comisión debe incluir estos puntos: primero, las razones y los objetivos de la consulta. También debe explicar de qué trata el asunto que se va a consultar. Luego, debe tomar en cuenta las propuestas que hagan los ciudadanos, organizaciones o grupos invitados. Además, tiene que decir las fechas y los lugares donde se harán las audiencias (las reuniones para escuchar a la gente). Por último, debe especificar las reglas que se van a seguir durante todo el proceso.

Texto oficial

Artículo 344. Para la elaboración de la convocatoria, la Comisión tomará en consideración los siguientes elementos: I. Considerandos y propósitos; II. La materia objeto de la consulta; III. La propuesta de las y los ciudadanos, organizaciones y agrupaciones convocadas; IV. Las fechas y los lugares en que habrán de celebrarse las audiencias, y V. Las normas que regirán el desarrollo de la consulta pública.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 101) ↗

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