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Artículo 361 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Gaceta Parlamentaria es como el boletín oficial en internet del Congreso. Ahí se publica todo lo que pasa en el Congreso para que cualquier persona lo pueda consultar. Por ejemplo, puedes encontrar la agenda de las sesiones, quién faltó a las juntas, las leyes que proponen los diputados, los acuerdos que toman y hasta los comunicados de las comisiones. También incluye correcciones de documentos y cualquier otro asunto importante que decidan hacer público. Básicamente, es el lugar donde el Congreso sube toda su información para que esté al alcance de todos.

Texto oficial

Artículo 361. La Gaceta Parlamentaria es el órgano oficial de difusión electrónico del Congreso y su propósito es divulgar sus actividades como: I. Orden del día de las sesiones del Congreso; II. Convocatorias y orden del día de las reuniones de las Comisiones y los Comités; III. Registro de asistencia e inasistencia de las y los Diputados a las sesiones del Pleno; IV. Registro de asistencia e inasistencia de las y los Diputados a las reuniones de Comisiones; V. Solicitudes de licencias de las y los Diputados; VI. Solicitudes de cambios de las o los integrantes en las Comisiones; VII. Actas, informes, programas, resoluciones y acuerdos del Pleno, de la Conferencia, de la Junta, de la Mesa Directiva y de Comisiones y Comités del Congreso; VIII. Iniciativas de ley o de decreto que se presenten en el Congreso, y las que se presenten en la Comisión Permanente; IX. Observaciones de la o el Titular del Poder Ejecutivo Local enviadas al Congreso; X. Proyectos de Acuerdo Parlamentario, de punto de acuerdo, de proposiciones y el contenido de los demás asuntos que se tratarán en el Pleno, en las Comisiones y en los Comités; XI. Declaratorias de publicidad de los dictámenes de las Comisiones, así como de las iniciativas que pasan al Pleno por vencimiento de plazo; XII. Dictámenes de las Comisiones y los votos particulares que sobre los mismos se presenten; XIII. Comunicaciones oficiales dirigidas al Congreso que se presenten al Pleno; XIV. Citatorios a las diversas actividades de las comisiones y comités, de los órganos de Gobierno y de las Alcaldías; XV. Proyectos de acuerdo, pronunciamientos, declaraciones y acuerdos internos de la Junta; XVI. Acuerdos y comunicados de la Conferencia; XVII. Acuerdos de la Mesa Directiva; XVIII. Información sobre la administración y los servicios del Congreso; XIX. Acuerdos que adopte la Comisión Permanente; XX. Informes y documentos que dispongan el órgano encargado de la programación legislativa y la Junta; XXI. Todas las aclaraciones, correcciones o actualizaciones de los documentos publicados en la propia Gaceta, y que posteriormente hayan sido modificados para su registro en el Diario de Debates; XXII. Prevenciones de la o el Presidente por vencimiento de plazos y de prórrogas a las Comisiones; XXIII. Solicitudes de prórroga de las Comisiones respecto al plazo para dictaminar; XXIV. Resoluciones de la Mesa Directiva a las solicitudes de prórroga; XXV. Iniciativas por vencimiento de plazos a discusión, y XXVI. Todos aquellos asuntos o labores del Congreso que la o el Presidente considere relevantes para su difusión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 106) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.