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Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
488

Artículo 488 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser jefa o jefe de la Coordinación de Servicios Parlamentarios (el área que apoya el trabajo de los diputados), necesitas cumplir estos requisitos: tener al menos 30 años, título y cédula de abogado o carrera relacionada, y comprobar que tienes 3 años de experiencia en el oficio. También debes haber vivido en la CDMX mínimo 3 años antes de tu nombramiento, ser mexicano de nacimiento (sin otra nacionalidad) y tener todos tus derechos vigentes. No puedes haber sido condenado por un delito hecho a propósito (doloso), ni ser familiar, pareja, socio o tener negocios con algún diputado del Congreso.

Texto oficial

Artículo 488. Para ser la o el Titular de la Coordinación de Servicios Parlamentarios se requiere: I. Acreditar conocimientos y experiencia de por lo menos 3 años de ejercicio profesional y una experiencia laboral de la que se pueda inferir que posee los conocimientos y habilidades suficientes para cumplir con el perfil de este cargo; II. Contar con título y cédula profesional legalmente expedida en derecho o alguna rama relacionada directamente con las funciones encomendadas; III. Haber cumplido treinta años de edad; IV. No haber sido condenado por delito doloso, cualquiera que haya sido la pena; V. No ser cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civil de cualquiera de las y los Diputados integrantes del Congreso, ni tener relaciones profesionales, laborales o de negocios con alguno de ellas o ellos, ni ser socio o socia, o accionista de sociedades en las que alguno de las y los Diputados forme o haya formado parte; VI. Residir en la Ciudad de México por lo menos tres años antes al día de su nombramiento, y VII. Ser mexicana o mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad, y estar en pleno goce de sus derechos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 132) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.