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Artículo 515 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Canal va a tener una estructura de trabajo y de toma de decisiones que incluye a una persona como titular (el o la jefa), un Consejo Consultivo (un grupo que da consejos), un Comité del Canal, y varias áreas como Dirección General de Comunicación Social y otras jefaturas y coordinaciones que se definan en el Manual Administrativo. Todo esto es aparte de lo que se pueda establecer en otro reglamento. Básicamente, se está armando el organigrama del Canal para que pueda funcionar bien.

Texto oficial

Artículo 515. Para llevar a cabo sus tareas, el Canal contará con la siguiente estructura administrativa y de gobierno: I. Una o un Titular; II. Un Consejo Consultivo; III. El Comité del Canal; Fracción reformada G.O. CDMX 8/12/25 Fracción reformada G.O. CDMX 8/12/25 IV. La Dirección General de Comunicación Social; y demás Direcciones Generales, Direcciones de Áreas, Coordinaciones, Subdirecciones y Jefaturas de Áreas que se establezcan en el Manual Administrativo. Fracción adicionada G.O. CDMX 8/12/25 Lo anterior con independencia de la estructura que se determine en el reglamento que se emita para los efectos correspondientes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 145) ↗

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