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Artículo 522 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que alguien pueda ser titular de la Unidad de Transparencia, necesita cumplir con varios requisitos. Debe tener mínimo tres años de experiencia comprobada en temas como transparencia o acceso a la información, y contar con título y cédula de licenciatura en Derecho o carreras afines. No puede estar casado o ser familiar cercano de ningún diputado del Congreso, ni tener negocios o relaciones laborales con ellos. Además, no debe haber sido sentenciado por un delito hecho a propósito (doloso), vivir en la Ciudad de México desde hace al menos tres años, y ser mexicano de nacimiento sin otra nacionalidad, disfrutando de todos sus derechos.

Texto oficial

Artículo 522. Para ser la o el titular de la Unidad de Transparencia se requiere: I. Acreditar conocimientos y experiencia de por lo menos 3 años de ejercicio profesional y una experiencia laboral en materia de Transparencia, Acceso a la Información, Gobierno Abierto y Rendición de Cuentas; II. Contar con título y cédula profesional legalmente expedida en derecho o alguna rama relacionada directamente con las funciones encomendadas; III. No ser cónyuge, concubina o concubino, o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civil de cualquiera de las o los Diputados integrantes del Congreso, ni tener relaciones profesionales, laborales o de negocios con alguno de ellos, ni ser socio o accionista de sociedades en las que alguna o alguno de los Diputados forme o haya formado parte; IV. No haber sido condenado por delito doloso, cualquiera que haya sido la pena; V. Residir en la Ciudad de México por lo menos tres años antes al día de su nombramiento, y VI. Ser mexicana o mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad, y estar en pleno goce de sus derechos. Sección Novena De la Unidad de Estudios y Finanzas Publicas del Congreso de la Ciudad de México

Ver ley oficial en el DOF (pág. 150) ↗

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