Artículo 53 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el Presidente abre una sesión extraordinaria (una junta especial fuera de lo normal), tiene que decir al inicio para qué se convocó a todos. También debe cerrar la sesión cuando ya se hayan tratado todos los temas que estaban en la lista. Si no se alcanzó a resolver algún asunto de esa sesión extraordinaria, se puede pasar a la siguiente junta ordinaria (las juntas normales programadas). En pocas palabras: el Presidente avisa de qué va a hablar, cierra cuando ya no hay más temas pendientes, y lo que no se terminó se deja para la siguiente reunión habitual.
Texto oficial
Artículo 53. La o el Presidente deberá explicar el objeto de la convocatoria, al inicio de la sesión de apertura del periodo de sesiones extraordinarias y declararlo concluido cuando se hubieran agotado los asuntos enlistados. Los asuntos materia del periodo extraordinario que no se hubieran agotado, podrán ser listados en la siguiente sesión del periodo de sesiones ordinarias. Sección Cuarta Sesiones Solemnes
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