Artículo 58 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, el Congreso debe organizar juntas especiales llamadas "Parlamentos", que son como reuniones para escuchar a diferentes grupos de la sociedad. Esto se hace durante los periodos en que trabaja la Comisión Permanente (el grupo de diputados que se queda al frente cuando el Congreso no está en sesiones normales), pero solo si no se empalma con sus días de trabajo o con otros asuntos urgentes. Los Parlamentos son sobre estos temas: Mujeres; Niñas y Niños; Personas con Discapacidad; Jóvenes; Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas; Personas de la comunidad LGBT+ (como lesbianas, gays, bisexuales, trans, entre otras identidades); Medio Ambiente; y Participación en la Vida Cultural de la Ciudad.
Texto oficial
Artículo 58. De conformidad con lo establecido en la ley, el Congreso realizará anualmente los Parlamentos durante los periodos de la Comisión Permanente, siempre y cuando no interfiera en los días de sus sesiones o si existieran periodos extraordinarios por atender y de esta manera se realizaran los siguientes: I. De las Mujeres; II. De las Niñas y los Niños; III. De las Personas con Discapacidad; IV. De las Personas Jóvenes; V. De Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes; Fracción reformada G.O. CDMX 08/12/23 VI. De Las Personas que pertenezcan o se identifiquen con poblaciones Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero, Travesti, Intersexual, Asexual, personas no binarias, así como de otras orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género y características sexuales no normativas; VII. Del Medio Ambiente; y VIII. De Participación de la Vida Cultural de la Ciudad. Fracción reformada G.O. CDMX 28/10/25 Fracción reformada G.O. CDMX 28/10/25 Fracción adicionada G.O. CDMX 28/10/25
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