Artículo 83 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica cómo se decide qué temas se discuten en una sesión del Congreso. Solo los asuntos muy urgentes, que los diputados acuerden como tales, pueden presentarse sin haberse anotado antes, y se ven después de los ya registrados. Para proponer un tema, los diputados deben entregar por escrito su solicitud antes de las 7 de la tarde del día hábil anterior, incluyendo su nombre, el grupo al que pertenecen, y una versión impresa firmada junto con un archivo electrónico. También tienen que añadir una breve explicación de qué trata el asunto. El orden del día solo se cambia si la Junta lo propone; el presidente explica el cambio y los diputados votan rápido con un "sí" o un "no" para decidir si lo aprueban.
Texto oficial
Artículo 83.Sólo aquellas que revistan carácter de urgente, y así lo determine el Pleno, podrán presentarse sin haber sido previamente inscritas y se desahogarán con posterioridad a las previamente registradas. Las solicitudes de inclusión de asuntos en el orden del día deberán: I. Presentará por escrito la solicitud, a más tardar a las 19:00 horas del día hábil inmediato anterior señalando el Grupo, Diputada o Diputado proponente, y deberá de acompañarse con el correspondiente archivo electrónico y una versión impresa firmada por la o el Diputado proponente; y II. Incluirá información del asunto mediante una breve descripción; El orden del día, sólo se podrá modificar a propuesta de la Junta, la solicitud será expuesta por la o el Presidente. Acto seguido, la Secretaría consultará, en votación económica al Pleno, si es de aprobarse. Sección Tercera Del Turno
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.