Artículo 176 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Archivo Judicial va a crear un sistema en internet llamado Registro Público de Avisos Judiciales, donde se publicarán avisos legales para que todos puedan enterarse. Si quieres meter o buscar información ahí, puedes hacerlo pagando las cuotas correspondientes. Estos avisos en internet valen lo mismo que si los publicaras en los periódicos más importantes de la Ciudad de México, pero solo si el juez lo decide y además de la publicación en papel. Cualquier persona que pague puede poner los avisos judiciales que necesite y también consultar los que ya están registrados.
Texto oficial
Artículo 176. El Archivo Judicial organizará y operará un servicio de bases de datos electrónicos que se denominará Registro Público de Avisos Judiciales, el cual se publicará y difundirá a través del sistema informático denominado Internet. Este servicio tendrá por objeto la inscripción de los avisos judiciales para efectos de publicidad. Cualquier persona interesada, previo pago de los derechos correspondientes, podrá inscribir o consultar la información del Registro. Párrafo reformado G.O. CDMX 29/11/24 Los avisos que se publiquen en el Registro Público de Avisos Judiciales, mientras permanezcan accesibles a cualquier usuario en la página de Internet correspondiente, por los mismos términos señalados en la leyes para la publicación de que se trate, surtirán los mismos efectos que los avisos publicados en los diarios de mayor circulación de la Ciudad de México, ello cuando el Juzgador lo considere pertinente y en adición a éstos. Cualquier persona interesada, previo pago de los derechos correspondientes, podrá publicar los avisos judiciales que considere convenientes y consultar la base de datos correspondiente. Párrafo reformado G.O. CDMX 29/11/24 CAPÍTULO II DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS ANALES DE JURISPRUDENCIA Y BOLETÍN JUDICIAL
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.