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Artículo 180 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Órgano de Administración Judicial (que es la autoridad encargada de manejar recursos del Poder Judicial) se encarga de todo lo relacionado con las publicaciones oficiales. Si se venden esas publicaciones, el dinero que se junte lo va a administrar ese mismo órgano, decidiendo en qué gastarlo. Pero ese dinero solo se puede usar para mejorar y ampliar las publicaciones, no para otras cosas. En pocas palabras, lo que se gane vendiendo libros o documentos oficiales debe reinvertirse en hacerlos más grandes o de mejor calidad.

Texto oficial

Artículo 180. En todo lo relativo a las publicaciones, el Órgano de Administración Judicial administrará los ingresos que por ventas se recaben, haciendo las aplicaciones que estime pertinentes y cuyo producto se destinará exclusivamente para la ampliación y el mejoramiento de dichas publicaciones. Párrafo reformado G.O. CDMX 31/08/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 77) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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