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Artículo 224 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que se anula o elimina la ley o regla que antes estaba en vigor. No agrega ningún derecho, obligación o castigo nuevo. Al estar derogado, ese artículo ya no existe legalmente y no tienes que preocuparte por lo que decía.

Texto oficial

Artículo 224. Se deroga;

Ver ley oficial en el DOF (pág. 116) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.