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Artículo 225 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ya no aplica. Ese artículo fue eliminado de la ley, así que ya no tiene ningún efecto legal. Significa que lo que antes decía ya no es válido ni se puede usar para ningún trámite o juicio. En pocas palabras, es como si nunca hubiera existido.

Texto oficial

Artículo 225. Se deroga;

Ver ley oficial en el DOF (pág. 116) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.