Artículo 225 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ya no aplica. Ese artículo fue eliminado de la ley, así que ya no tiene ningún efecto legal. Significa que lo que antes decía ya no es válido ni se puede usar para ningún trámite o juicio. En pocas palabras, es como si nunca hubiera existido.
Texto oficial
Artículo 225. Se deroga;
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.