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Artículo 226 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se elimina este artículo de la ley, así que ya no existe. Esto quiere decir que ya no aplica ni tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 226. Se deroga;

Ver ley oficial en el DOF (pág. 116) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.