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Artículo 227 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 227 fue eliminado de la ley, ya no existe como regla. Significa que lo que antes decía ese artículo ya no es válido ni se aplica.

Texto oficial

Artículo 227. Se deroga;

Ver ley oficial en el DOF (pág. 116) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.