Artículo 227 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 227 fue eliminado de la ley, ya no existe como regla. Significa que lo que antes decía ese artículo ya no es válido ni se aplica.
Texto oficial
Artículo 227. Se deroga;
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.