Artículo 252 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 252 dice que el Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses va a tener un director, varios subdirectores (uno para cada área como Tanatología o Laboratorios), un coordinador administrativo, jefes de departamento y todos los trabajadores que se necesiten para que funcione bien. En otras palabras, define los puestos principales que debe tener el instituto para operar. Esta información fue actualizada el 29 de noviembre de 2024 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 252. El Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses, estará integrado por una persona que ejerza la Dirección, personas que ejerzan las Subdirecciones de Tanatología, Clínica Forense y Laboratorios, Investigación y Enseñanza, una persona Coordinadora administrativa; Jefaturas de Unidad Departamental y las demás personas servidoras públicas que se requieran para su correcto y adecuado funcionamiento. Artículo reformado G.O. CDMX 29/11/24
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