Artículo 251 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Técnico es un grupo encargado de supervisar el trabajo de los expertos (peritos) que investigan delitos. Se asegura de que sigan las reglas nacionales e internacionales, detecta errores que afecten las investigaciones y les recuerda que deben actuar con ética y respetar los derechos humanos. En el caso de personas vivas, revisa que los peritos pidan permiso por escrito antes de entrevistarlas; en el de cadáveres, que los traten con dignidad y respeto. Si descubren que un perito hizo mal su trabajo, el Consejo analiza el caso y, si es cierto, se lo reporta a la Contraloría (la autoridad que castiga las faltas graves).
Texto oficial
Artículo 251. El Consejo Técnico tendrá las siguientes atribuciones relacionadas con la actividad pericial del personal adscrito al Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses: I. Verificar y evaluar que los procesos técnicos periciales se ajusten a la normatividad nacional e internacional aplicable en la materia; II. Crear mecanismos que permitan vigilar y detectar errores y/u omisiones del orden técnico que influyan negativamente en el desarrollo de la investigación forense; III. Instruir al personal pericial que se conduzca con apego a las normas institucionales, así como actuar de manera ética y con respeto a los derechos humanos durante el desarrollo de sus actividades profesionales; IV. Tratándose de personas vivas, vigilar que el personal pericial efectúe la entrevista con apego a las normas institucionales nacionales e internacionales de cada especialidad, obteniendo en su caso por escrito el consentimiento informado; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 V. Tratándose de cadáveres, vigilar que el personal pericial efectúe su actividad profesional apegado a las normas y técnicas de cada especialidad vigilando en todo momento el respeto y la dignidad del cadáver; y VI. En casos detectados de mala práctica pericial, el Comité se reunirá para analizar y evaluar cada caso en particular, que de ser confirmada aquella, se informará lo conducente a la Contraloría General. Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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