Artículo 258 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser perito auxiliar en el Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses necesitas cumplir cinco requisitos: tener al menos 25 años cumplidos el día que te nombren, contar con título y cédula profesional de la materia registrados ante las autoridades, y haber estudiado una especialidad de esa área con diploma y cédula. También debes tener buena fama o reputación, y no haber sido condenado por un delito intencional (hecho a propósito) ni estar inhabilitado como perito.
Texto oficial
Artículo 258. Para ser perito auxiliar del Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses en las ramas de patología, antropología, química, odontología, entomología, psiquiatría, sicología, criminología, criminalística, fotografía, dactiloscopia y demás especialidades se requiere: I. Tener cuando menos veinticinco años de edad cumplidos el día de la designación; II. Poseer título y cédula profesional sobre la materia registrado ante autoridades competentes; III. Haber cursado estudios de especialidad sobre la materia a ejercer acreditándolo con el diploma y cédula profesional correspondientes; IV. Gozar de buena reputación; y V. No haber sido condenado por sentencia definitiva por delito doloso alguno o estar inhabilitado como perito.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.