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Artículo 307 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Tribunal de Disciplina Judicial va a tener a una persona encargada de ayudar a los magistrados (los jueces de alto nivel) y de dar fe de lo que hacen, es decir, confirmar que todo se hace correctamente. Esta persona puede trabajar por turnos semanales o por secciones, dependiendo de lo que se necesite. Básicamente, es como un secretario o auxiliar que se asegura de que los trámites y decisiones queden bien registrados.

Texto oficial

Artículo 307. Para realizar las actividades que le compete, el Tribunal de Disciplina Judicial contará con una persona que asistirá y dará fe de las actuaciones de las y los Magistrados, ya sea por semanería o por sección, según sea el caso. Artículo reformado G.O. CDMX 31/08/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 142) ↗

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