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Artículo 308 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que nombre la presidencia del Tribunal de Disciplina tiene varias tareas, todas relacionadas con el manejo de quejas o investigaciones contra servidores públicos. Su trabajo incluye cosas como firmar documentos importantes, ayudar a los magistrados a preparar las audiencias y asegurarse de que los expedientes estén completos y en orden. También debe entregar a los jueces, en menos de 24 horas, cualquier promoción que presente alguien, anotando la fecha y hora exactas en que llegó. Otra de sus obligaciones es pasar a lista los acuerdos que se tomen diariamente para que se publiquen en el Boletín Judicial y revisar que las sanciones acordadas por el comité se cumplan. Finalmente, tiene que hacer todo lo demás que el Pleno del Tribunal o la ley le pida.

Texto oficial

Artículo 308. La persona a quien designe la presidencia del Tribunal de Disciplina le corresponde: Párrafo reformado G.O. CDMX 31/08/25 I. Autorizar con su firma en los asuntos en materia de responsabilidad que se tramiten ante la comisión sustanciadora; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 II. Someter a la consideración del Pleno, las disposiciones, reglas, bases de carácter general, normas, lineamientos y políticas, en el ejercicio de las atribuciones que competan a la comisión sustanciadora; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 III. Auxiliar en la substanciación de las quejas administrativas y procedimientos de responsabilidad oficiosos que competa conocer y resolver a través de sus comisiones y a la o al Magistrado semanero; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 IV. Dar cuenta, dentro del término de veinticuatro horas, a la o al Magistrado, con las promociones que se hicieren en los procedimientos respectivos. Para tal efecto, hará constar en los expedientes el día y hora en que se presenten; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 V. Vigilar que los expedientes sean integrados debidamente; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 VI. Asistir a la o al Magistrado en el desahogo de las audiencias señaladas en los procedimientos disciplinarios; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 VII. Enviar diariamente la a lista de acuerdos emitidos en los procedimientos disciplinarios que deben ser publicados en el Boletín Judicial. VIII. Suscribir y autorizar los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, cotejar las copias o testimonios de constancias que se manden expedir, previo acuerdo y autorización correspondiente; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 IX. Ordenar y vigilar que se despachen en tres días los asuntos y correspondencia de cada una de las comisiones, desahogando las notificaciones ordenadas por éstas en los expedientes de que conozcan o de lo que determine la o el Magistrado semanero en turno; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 X. Se deroga; Fracción derogada G.O. CDMX 31/08/25 XI. Firmar las actas que, en la primera semana de cada mes, las o los Titulares de las comisiones levanten en relación con los asuntos sujetos a su resolución; el sentido de las resoluciones, y de los acuerdos emitidos durante el mes inmediato anterior; Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XII. Vigilar que los expedientes que se turnen para resolución, se encuentren debidamente acompañados de sus antecedentes, así como verificar que los expedientes para audiencia, se encuentren debidamente integrados; XIII. Realizar los trámites necesarios ante la persona asignada del Tribunal de Disciplina Judicial, a fin de que se ejecuten las sanciones acordadas por la comisión sustanciadora; y Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25 XIV. Las demás que determine el Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial y las disposiciones legales aplicables. Fracción reformada G.O. CDMX 31/08/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 142) ↗

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