Artículo 341 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 341 ya no existe, fue eliminado de la ley. Cuando un artículo dice que "se deroga", significa que ese texto ya no tiene ningún efecto legal. Así que no debes preocuparte por él ni tomarlo en cuenta para nada.
Texto oficial
Artículo 341. Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.