Artículo 367 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe. Cuando una ley dice “se deroga” o “artículo derogado”, significa que lo eliminaron oficialmente y ya no tiene validez. En México, esa información salió publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 31 de agosto de 2025. Así que no te preocupes por lo que decía, ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 367. Se deroga. CAPÍTULO V Artículo derogado G.O. CDMX 31/08/25 Artículo derogado G.O. CDMX 31/08/25
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.