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Artículo 366 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 366 queda eliminado de la ley, ya no tiene ningún efecto. Eso significa que la regla que antes existía ya no se aplica. En otras palabras, ya no debes preocuparte por lo que decía ese artículo.

Texto oficial

Artículo 366. Se deroga.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 164) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.