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Ley
LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
39

Artículo 39 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El o la jefa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México tiene como chamba principal hacer que el sistema de justicia funcione mejor y más rápido. También debe asegurarse de que las leyes se apliquen bien y que los trámites legales sean ágiles y eficaces. Para lograrlo, puede ordenar lo que haga falta, actualizar cómo trabajan los juzgados y oficinas, y pedir ayuda a otros servidores públicos autorizados. Además, puede proponer cambios al Órgano de Administración Judicial para que los aprueben.

Texto oficial

Artículo 39. La o el Magistrado que presida el Tribunal Superior de Justicia, tendrá las atribuciones que le confiere la presente Ley, siendo sus funciones principales las de: impulsar el desarrollo del Sistema de Impartición y Administración de Justicia en la Ciudad de México; procurar la correcta aplicación de la ley y velar para que la administración de justicia sea eficaz y expedita, dictando al efecto las providencias que fueren necesarias, promoviendo la modernización y adecuado funcionamiento de los diversos órganos jurisdiccionales y administrativos, por sí o por conducto de las personas servidoras públicas judiciales facultados al efecto, así como a través de propuestas al Órgano de Administración Judicial para su aprobación. Artículo reformado G.O. CDMX 31/08/25

Ver texto oficial de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 19) ↗

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