Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 399 de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité, junto con la Dirección de Recursos Humanos, va a decidir quiénes de los trabajadores de planta del gobierno pueden obtener un certificado oficial. Para comprobar que cumplen con los requisitos, se usará el expediente que haya armado la Dirección y los papeles que entreguen los solicitantes. Esos documentos son la prueba válida para ver si cumplen con lo que pide el catálogo y los planes de carrera que se hayan hecho. En otras palabras, todo se revisa con base en los papeles que ya están y los que tú entregues.

Texto oficial

Artículo 399. Con el apoyo de la Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos, el Comité determinará el personal del Servicio Civil de Carrera Administrativa susceptible de certificación. El expediente formado por la Dirección Ejecutiva de Recursos Humanos y los documentos entregados por las y los aspirantes, serán medios idóneos de comprobación de los requisitos contemplados en el catálogo y planes de carrera que al efecto se emitan.

Ver texto oficial de la LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 170) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.