Artículo 109 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión va a estar al pendiente de lo que hagan el Congreso, las Alcaldías y otras instituciones del país, para poder participar, dar su opinión y ayudar a que tomen decisiones y creen leyes que protejan los derechos humanos. También va a revisar juicios o procesos, tanto en México como en el extranjero, que puedan afectar estos derechos, con la idea de influir para que se cumplan los mejores estándares internacionales. Para lograrlo, puede usar herramientas como ser "amigo de la corte" (que es cuando un experto da su opinión en un juicio sin ser parte del caso) o enviar información a los tribunales. Además, puede asistir como observadora o con el papel que le pidan a reuniones de organismos internacionales que trabajen con derechos humanos.
Texto oficial
Artículo 109.- La Comisión dará seguimiento a las actividades del Congreso, el Congreso de la Unión, las Alcaldías y demás instituciones públicas en los ámbitos nacional y local, con el objeto de participar, colaborar, opinar e incidir en los procesos tendientes a la toma de decisiones e implementación de medidas legislativas y políticas públicas relacionadas con los derechos humanos. Asimismo, la Comisión dará seguimiento y analizará los procedimientos jurisdiccionales o cuasi jurisdiccionales internacionales, nacionales o locales que puedan tener impacto directo o indirecto en materia de derechos humanos, con el objetivo de incidir en la adopción de dichas decisiones conforme a los más altos estándares internacionales y mediante mecanismos tales como amigo de la corte, envío de información, acudir a ellos bajo distintas modalidades y las demás que se establezcan en la normatividad aplicable. La Comisión podrá participar como observadora o en la calidad que se le requiera ante los organismos internacionales en materia de derechos humanos y aquéllos otros relacionados con dicha materia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.