Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 84 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La conciliación es como una plática donde la Comisión actúa como un mediador neutral. Ellos ayudan, dan sugerencias y proponen soluciones tanto a las personas como a las autoridades o servidores públicos que están teniendo un problema. No se trata de que alguien gane o pierda, sino de buscar un acuerdo que funcione para todos.

Texto oficial

Artículo 84.- La conciliación es el mecanismo por el que la Comisión funge como conciliador, asiste, propone alternativas y soluciones a las personas y a la autoridad o las personas servidoras públicas en conflicto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.