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Artículo 94 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión tendrá abogados y un equipo de expertos de distintas áreas, bien preparados y con experiencia en el tema, para atender a las víctimas. Su objetivo es tratarte con respeto y darte la mayor seguridad y comodidad posible.

Texto oficial

Artículo 94.- La Comisión contará con personas abogadas y un grupo interdisciplinario de profesionales debidamente capacitados y con experiencia en la materia, a fin de brindar a las personas víctimas un trato digno, así como la mayor seguridad y comodidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.