Artículo 37 de la LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Ministerio Público (el que investiga delitos) debe actuar siempre pensando en la igualdad entre hombres y mujeres y en la perspectiva de género. Cuando reciba una denuncia de violencia contra una mujer, tiene que darle protección de inmediato y asegurarse de que esa protección dure mientras sea necesario. También debe evitar que la víctima sufra más daño durante el proceso legal, por ejemplo, al hacerla contar su historia muchas veces. Para que le paguen los daños, el Ministerio debe pedir pruebas como exámenes médicos o documentos que muestren el daño y cuánto vale. Finalmente, está obligado a seguir protocolos especiales para atender a personas de la comunidad LGBTTTI y para investigar feminicidios o transfeminicidios.
Texto oficial
Artículo 37. Obligaciones Ministeriales de Igualdad Sustantiva: El Ministerio Público conducirá su actuación, considerando la perspectiva de género, y la igualdad sustantiva. Esta obligación comprenderá como mínimo, lo siguiente: I. En cuanto reciba una denuncia o querella por hechos que impliquen riesgo a la integridad física y psicoemocional hacia una mujer por violencia, dictar sucesivamente las medidas u órdenes de protección de emergencia y preventivas necesarias, confirmando su vigencia en tanto permanezcan las condiciones que las originaron; II. Prevenir y evitar la revictimización en el desarrollo del procedimiento penal; II Bis. Solicitar las periciales, los documentos y testimonios, que permitan acreditar el daño y su cuantificación, a fin de garantizar el acceso efectivo a la reparación integral del daño; III. Allegarse de los dictámenes para el acceso efectivo a la reparación del daño, con la acreditación del daño y su cuantificación; y IV. tradicionales asociados a factores so lpada. V. Aplicar los Protocolos de Actuación para la Atención de las personas de la Comunidad LGBTTTI y el Protocolo en materia de Investigación Ministerial, Policial y Pericial de los Delitos de Feminicidio y Transfeminicidio, y demás protocolos relacionados; VI. En el caso de la entrega del cadá Fracción adicionada G.O. CDMX 23/08/24 VII. Generar datos e Fracción adicionada G.O. CDMX 23/08/24
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