Artículo 73 de la LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Servicio Profesional de Carrera es un sistema que busca que los trabajadores del gobierno sean contratados y asciendan por su capacidad, no por influencias. Se va a organizar con base en un reglamento y planes específicos, y contará con dinero, personal y equipo suficiente para funcionar bien. Su objetivo es que haya igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, sueldos justos, prestaciones sociales, y que se eviten la corrupción y las violaciones a derechos humanos. También busca que el personal se capacite siempre, actúe con ética y pueda crecer dentro de la institución. Los empleados que hacen el trabajo directo (personal sustantivo) recibirán compensaciones y bonos especiales por su labor.
Texto oficial
Artículo 73. Regulación del Servicio Profesional El Servicio Profesional de Carrera, estará regulado en el Reglamento correspondiente y se ejecutará de conformidad con los Planes y Programas respectivos, contará para su implementación con los recursos financieros, técnicos y humanos suficientes, para su operación. El Servicio Profesional de Carrera, será organizado con la finalidad de estimular el profesionalismo, la igualdad de oportunidades laborales entre mujeres y hombres, remuneración adecuada, garantías de seguridad social, el crecimiento institucional, el comportamiento ético, la independencia técnica y las prácticas para erradicar conflictos de interés; la iniciativa, innovación y la eficiencia institucional, la capacitación continua todo ello para erradicar violaciones a derechos humanos y los actos de corrupción, mediante una estructura organizada de prevención, seguimiento y mejora continua. Considerando las compensaciones e incentivos debidos para el personal sustantivo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.