Artículo 86 de la LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Fiscalía debe crear un plan de carrera para sus trabajadores, que incluya cómo medir su rendimiento y sus habilidades, además de prestaciones y cuidados para su salud física y mental. Todo esto debe tomar en cuenta las diferencias entre hombres y mujeres (enfoque de género) y cómo se siente el ambiente de trabajo (clima laboral). En resumen, la ley obliga a que cuiden a su personal y lo evalúen de manera justa.
Texto oficial
Artículo 86. Evaluación. La Fiscalía, establecerá un esquema de proyecto de vida para el personal de la institución, que comprenda al menos la evaluación del desempeño, la evaluación de competencias profesionales, así como regímenes de prestaciones y de atención a riesgos laborales y psicosociales, considerando el enfoque de género y el clima laboral. TITULO OCTAVO PRESUPUESTO, ADMINISTRACIÓN Y PATRIMONIO Capítulo Único
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