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Artículo 93 de la LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Fiscalía General puede compartir y organizar información con otros sistemas de seguridad, pero solo si firman un acuerdo de colaboración antes. También puede usar esa información para investigar delitos, siempre y cuando respete las leyes que protegen tus datos personales y garantizan tu derecho a saber cómo se usa la información. En pocas palabras, la Fiscalía puede intercambiar datos para ayudar a la seguridad, pero sin violar tu privacidad ni las reglas de transparencia. Todo esto lo hace según lo que le toca por ley.

Texto oficial

Artículo 93. Como parte de la coordinación en materia de seguridad ciudadana, procuración y administración de justicia, la Fiscalía General, en el ámbito de sus competencias, y previo convenio de colaboración, intercambiará, suministrará y sistematizará, según sea el caso, los datos que se generen para coadyuvar a los Sistemas de Seguridad Ciudadana. Asimismo, podrá utilizar la información vertida por los Sistemas en el ámbito de la investigación y persecución de delitos, observando los requerimientos de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México y de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, así como demás disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 59) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.